Seguros de Vida-Riesgo

Seguro de vida-riesgo Seguro vida-ahorro


Objetivos de un seguro vida-riesgo

Protección familiar
Obtención de un capital tras el fallecimiento del tomador Beneficiari@s
Primas no deducibles en IRPF para particulares
Primas *deducibles en IRPF para autónomos y/o empresas con limitaciones
Capital asegurado para beneficiarios. Si Tomador ≠  Beneficiari@s→Tributación por impuestos de Sucesiones y Donaciones

La meta de un seguro de vida-riesgo, no es recuperar el dinero aportado, ni la de obtener una rentabiliad sobre las primas aportadas. El objetivo principal es asegurar nuestra vida con un capital concreto. De esta forma en el fatal caso de una enfermedad o nuestro fallecimiento, protegeremos economicamente a las personas que dependan de nosotros y  que hayamos designado como beneficiari@s del seguro. Por ejemplo nuestro conyuge, o nuestros hij@s.

Dependiendo del capital asegurado al contratar el seguro, la aseguradora abonará esta cuantía económica a los beneficiarios en el momento de nuestro fallecimiento. Todas estas condiciones se establecen en la póliza, que igualmente incluye vigencia y duración del contrato.

Si el asegurado falleciera durante la vigencia del contrato, y el tipo de siniestro estuviera cubierto, el beneficiario o beneficiarios del seguro, recibirán el capital establecido en el contrato. Generalmente estos seguros de vida-riesgo incluyen cualquier tipo de muerte natural, por enfermedad o accidente, aunque existen algunas exclusiones que comentaré al final de este artículo.

Imaginemos el caso de una persona de 50 años, que haya ido pagando las primas mes a mes durante 25 años, al final ha pagado bastante dinero, pero no se podrá comparar con lo pagado finalmente por la aseguradora en caso del fallecimiento. Con este capital los beneficiarios del seguro podrán hacer frente al pago de hipotecas pendientes, pagos personales, tarjetas de crédito, gastos para el mantenimiento patrimonial o mantener el nivel de vida previo al fallecimiento del tomador del seguro.

Imaginemos el supuesto caso de una madre o padre de familia, con menores a su cargo. Pueden existir hipotecas pendientes de pago, préstamos personales, gastos fijos para el mantenimiento de propiedades o negocios, estudios de los hijos, en definitiva una serie de gastos fijos hormiga necesarios para que nuestra familia pueda mantener el mismo nivel de vida, y que nuestra falta repentina, suponga un problema económico grave para ellos.

Lo importante de un seguro de vida-riesgo es poder mantenerlo en el tiempo, por lo que es muy importante tener en cuenta el costo mensual que este supone, ya que para nosotros mismos este gasto puede suponer un prejuicio a largo plazo, por cualquier cambio en la cuantía de nuestros ingresos. Bien sea por una ruptura matrimonial, una derrama muy elevada en nuestra vivienda por rehabilitación de la fachada, la educacion de nuestros hijos en, etc … Por eso es importante elegir bien la cuantia mensual y el capital asegurado. Hay que buscar un punto de equilibrio para poder mantener el seguro activo. Seria una pena estar pagando muchos años, y luego tener que abandonar la cobertura por falta de liquidez, y luego tener una futura enventualidad y no estar ya asegurado.

¿Podré en algun momento en vida recuperar mi dinero?

No, el seguro de vida-riesgo no tiene este objetivo. Esta diseñado para protegerte, y no para pagarte lo invertido de vuelta. Los seguros de vida son una protección y no una inversión con la finalidad del ahorro o la rentabilidad a largo plazo. Están orientados a protegernos con un capital al final de nuestra vida.

Errores comunes

Muchas veces las personas que contratan un seguro de vida-riesgo, simplemente lo pagan mes a mes , pero olvidan revisarlo ante cambios eventuales de su situación financiera o de futuras necesidades económicas. Si has recibido un aumento de salario, has contratado una nueva hipoteca, o si tus hijos requieren de nuevas necesidades económicas y debes cubrirles mejor economicamente, debes revisar las condiciones de tu seguro de vida, año tras año.

Revisar el capital, la duración de la póliza, la prima, las coberturas adicionales e ir ajustando la prima mensual

Edad de contratación:  Hay personas que contratan un seguro de vida al realizar la primera compra de su vivienda habitual, de forma asociada a una hipoteca sin importar su edad, ya que muchas veces para la aprobación de una hipoteca por parte de las entidades de crédito, es necesaria la contratacion de un algún tipo de seguro de vida-riesgo. En otras ocasiones, personas a su mediana edad, sobre los 50 años, ya con trabajo estables e hij@s, comienzana valorar este tipo de coberturas ofrecidas por las aseguradoras, y se deciden a su contratación.

Causas de fallecimiento cubiertas generalmente

  • Causas naturales
  • Enfermedad (siempre que no sea pre-existente y se haya ocultado)
  • Envejecimiento natural
  • Accidentes
  • Accidentes de circulacion.
  • Accidente de circulacion doble o triple
  • Suicidios tras pasar periódo de carencia

Datos a tener en cuenta
Los reconocimientos médicos no son un requerimiento generalmente por parte de las aseguradoras, siempre y cuando el capital asegurado no sobrepase cierta cuantía
Puede realizarse el cambio de los beneficiarios del seguro por parte del tomador en cualquier momento
Existe un periódo de carencia en los seguros de vida-riesgo. En caso de fallecimiento en periódo de carencia, no se recibiría el cobro del capital asegurado.

Fiscalidad y deducción de impuestos

Los gastos serán deducibles si el seguro vida-riesgo está asociado a una hipoteca para la compra de una vivienda.

Si el tomador es distinto al beneficiario, la Agencia tributaria indica que la tributación de la recepción de este capital se realizará a través el impuesto sobre sucesiones y donaciones, y no como IRPF.

Padre → paga seguro de vida → fallece → hijos reciben 100.000€

Más información sobre la fiscalidad de los seguros de vida-riesgo en la página web oficial de la Agencia Tributaria

Servicios que puede ofrecer un seguro da vida

  • Segundas opiniones médicas
  • Servicios de gestoria
  • Servicios de testamentaria online
  • Servicios de borrado de huella digital en Internet
  • Anticipos para el pago de ISD
  • Anticipos para gastos de fallecimiento
  • Protección jurídica
  • Invalidez absoluta y permanente
  • Dependencia
  • Fallecimiento
  • Fallecimiento por accidente
  • Fallecimiento por enfermedad

Casos excluidos de la cobertura del seguro

  • Suicidio
  • Radiación nuclear
  • Exploración submarina
  • Pilotaje de aeronaves
  • Guerras
  • Deportes de riesgo

Duración en años

  • Por años concretos
  • Por periódos renovables
  • De forma vitalicia

Requisitos para el cobro del capital asegurado

Póliza vigente en el momento del fallecimiento
Primas correpondientes pagadas
Contrato no extinguido por impago de recibos
Que la causa del fallecimiento no esté excluida
Avisar en tiempo y forma de lo ocurrido
Certificado de ultimas voluntades
Documentación sucesoria

Ejemplo práctico

Seguro de vida de 100.000 €
Duración: 20 años
Prima pagada durante esos 20 años

Si  fallece antes de los 20 años los beneficiarios pueden recibir 100.000 €.

Si sobrevive los 20 años No se recibe el capital. Salvo que exista alguna condición particular para devolución de primas


Contratación de seguros de vida-riego en Entidades de Crédito (bancos), como requisito para la aprobación de un préstamo hipotecario

El Artículo 17 de la Ley 5/2019, te permite contratar tu seguro de vida-riesgo a través de cualquier aseguradora, siempre y cuando la entida de crédito te lo apruebe como válido. Un banco no puede obligarte a contratar el seguro de vida a través de su misma entidad como requisito para darte o no el préstamo hipotecario.  Igualmente no pueden empeorarte las condiciones del préstamo por realizar el seguro fuera de su entidad bancaria.

Lo único imprescindible es que la póliza contratada con la aseguradora cumpla con sus requisitos establecidos para concederte la hipoteca, como por ejemplo una cuantía concreta del capital asegurado, la duración del seguro, que el beneficiario sea la propia entidad bancaria, o que existan ciertas condiciones para la cobertura. Siempre que las garantias sean equivalentes, no habrá ningun problema.

Ventajas Especiales en Seguros de Vida

Dependiendo del seguro y de la aseguradora, pueden existir las llamadas «ventajas especiales», que dependiendo
del plan de seguro vida-riesgo contratado, y tras el pago mínimo de ciertos años, te pueda permitir
el ejercicio de un rescate total, solicitar un anticipo, o pausar el pago , a cambio de una reducción del capital asegurado durante
este tiempo. O por ejemplo otro caso particular, el recibir el capital asegurado todo de golpe, o bien en forma renta periódica.

Estos temas de «ventajas especiales» ya son adiciones a los seguros de vida-riesgo para hacerlos más versátiles y mejorar las coberturas
a los clientes. Es por esto es esencial contar la ayuda de un agente financiero para poder asesorante en los servicios que te puedan brindar
más protección o interesar más para tu caso particular.

Si deseas contratar un Seguro de Vida-Riesgo con Santa Lucia no dudes en contactarme. Como Agente Financiero Exclusivo de Santa Lucia, puedo realizar la tramitación de cualquier producto financiero o seguro generalista. Igualmente si estás por la zona de Valencia provincia, y deseas solicitarme una cita presencial, estaré encantado de conocerte en persona. Puedes contactarme por correo electrónico en la dirección javier.sepulveda@afesl.es . Porfavor incluye igualmente en tu correo electrónico tu número de teléfono. Contactaré contigo con la mayor brevedad posible, usualmente en dias laborales en menos de 24h. Muchas gracias.