Seguro impago alquiler
La oportunidad de alquilar una propiedad, siempre supone un beneficio y una gran oportunidad, pero al mismo tiempo supone un riesgo y una responsabilidad.
Como propietarios del inmueble alquilado somos los responsables de que la vivienda alquilada esté en todo momento operativa y en buen estado.
Humedades, seguridad eléctrica, fontanería, elementos relacionados directamente con el continente son nuestra responsabilidad. Todo esto supone costes, y una continua atención, siendo las rentas mensuales abonadas por parte del inquilino la fuente de ingresos. Dejar de percibir las menualidades no es un opción, y supone el comienzo de una cuenta atrás hacia la pérdida económica.
Si contamos un vivienda que no es nuestra residencia habitual, es normal pensar en ponerla en el mercado de alquiler y así que otras personas que no puedan acceder a la compra de una vivienda, o que por temas de movilidad no desean realizar la compra de una propiedad, puedan disponer de opciones de alquiler.
De esta forma, no solo mantendremos la vivienda ocupada, sino que generaremos de forma mensual un ingreso adicional a nuestra economía, esto nos ayudará no solo a realizar un ahorro, sino a poder afrontar los costes de mantenimiento de la propia vivienda, como son los recibos de la comunidad o las posibles derramas.
Alquilar una vivienda sea a través de un anuncio en portal de anuncios inmobiliario, o bien a través de una agencia inmobiliaria, no siempre es una operativa exenta de riesgo. Las viviendas se alquilan, pero a veces los pagos por parte del inquilino pueden interrumpirse, bien sea por la pérdida del empleo del arrendatario, por una emergencia familiar o por cualquier otra circunstancia que haga, que el inquilino no pueda afrontar el siguiente pago.
En caso de éxito al realizar la puesta en marcha de una vivienda en alquiler por parte de inmobiliaria, esta cobrará por sus servicios, pero no dará un soporte al propietario durante la toda la duración del contrato. Al final es el arrendador quien se queda con el inquilino, y es quien asumirá el riesgo de recibir o no, el pago de la renta mes a mes. Todo puede ir muy bien con un alquiler, o todo puede ir mal. Es por esto, contar con un seguro de impago de alquiler es una muy buena opción, para tener más tranquilidad.
Los Seguros de Impago de Alquiler, son una modalidad de seguro que ofrecen las aseguradoras, para para que los clientes puedan contar, no solo con una ayuda jurídica en caso de tener que realizar un desahucio de un inquilino, sino de disponer de un colchón económico inicial por parte de la aseguradora, de las primeras mensualidades impagadas.
Dependiendo de la prima pagada a la aseguradora por la contratación de esta póliza de impago de alquiler, estas pueden llegar a cubrir desde 6 hasta 12 mensualidades. Aunque para el arrendador, sin duda la parte más importante de este servicio, es la parte jurídica, ya que contratar a un abogado de forma particular puede requerir mucho tiempo y dinero, y sino se tiene experiencia puede ser un proceso costoso y complejo.
La defensa jurídica, el asesoramiento legal, la gestión de las reclamaciones, o incluso el inicio de un proceso de desahucio, son la parte más importante de este tipo de seguros de impago de alquiler y de las coberturas que ofrece. Es una gran ventaja para el mercado inmobiliario que existan empresas aseguradoras que ofrezcan este servicio, ya que este tipo de seguros anima a los propietarios a poner sus viviendas en el mercado de alquiler de una forma mucho más segura.
Los honorarios de abogados, los gastos del procurador, y los costes judiciales, pueden suponer un gasto importante, y contar con un esta cobertura, puede suponer una gran ayuda, sino se dispone de liquidez personal, para afrontar un problema de impago en un alquiler.
Que una aseguradora te ayude en todo momento de forma administrativa o judicial, a recuperar tu vivienda, y que además te pueda cubrir económicamente durante los primeros meses de impago, puede suponer una gran ayuda.
La contratación de un seguro de impago de alquiler, no la realiza de forma unilateral el arrendador, sino que cuenta como parte implicada con el inquilino. En estas contrataciones se aporta el contrato firmado por ambas partes, para que igualmente el inquilino sea consciente en caso de impago, el propietario cuenta con el departamento judicial de la aseguradora. Este hecho aporta más seriedad a la operativa y quizás más compromiso por parte del inquilino.
Contratar un seguro de impago de alquiler, aunque supone un costo, ofrece tranquilidad, respaldo económico y jurídico al propietario. Es una inversión anual, que realmente compensa, porque nunca se sabe mes a mes, si el inquilino dispondrá de solvencia para poder seguir pagando, o incluso si deja de pagar pero no abandona la vivienda.
El coste anual de un seguro de alquiler no supone tanto comparado con los beneficios que supone, en los caso más altos podria suponer el 50% de una sola mensualidad, no son para nada seguros costosos en cuanto a prima. Si comparamos lo que supone el pago de la prima del seguro anual, con las pérdidas económicas que supondría un proceso de desahucio, o el impago varias mensualidades, es un tipo de seguro a tener muy en cuenta.
Cuando debes contratarlo
- Si el alquiler supone una parte fundamental de tus ingresos para tu economia diaria
- Si sobre la vivienda pesa una hipoteca
- Si como propietario no dispones de liquidez para afrontar los gastos de la comunidad de propietarios
- Si buscas minimizar riesgos y no deseas nunca tener que contratar de forma personal servicios jurídicos
Ejemplos de coberturas
- Impago de mensualidades por parte del arrendatario
- Desperfectos en el inmueble como actos vandálicos
- Robos causados por el inquilino
- Responsabilidad civil
- Defensa de derecho administrativo, defensa penal y gastos derivados de un proceso judicial
- Honorarios de abogados, procuradores y peritos
- Asistencia legal telefónica
Seguros de alquiler específicos para protección la protección inquilinos
El inquilino por su parte, podría igualmente realizar un seguro de alquiler específico para la protección de inquilinos, para así estar igualmente protegido frente a su arrendador, las aseguradoras también ofrecen este otro tipo de seguro para los inquilinos.
Por poner un ejemplo, un inquilino genera un incendio de forma accidental o se deja un grifo abierto, y el seguro de hogar contratado por el propietario no cuenta con esta cobertura para daños generados por inquilinos, porque el propietario al contratar el seguro de hogar, no indicó el piso iba a ser alquilado, y por lo tanto la aseguradora no va a asumir los gastos de reparación. En este caso el inquilino deberá pagar al propietario los desperfectos generados por el incendio. Es por esto, el inquilino debería contar igualmente con un seguro propio de alquiler para inquilinos, para así poder estar igualmente protegido frente al propietario y los vecinos.
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